La Ley Orgánica 3/2018 (art.34) establece una serie de entidades en las que será obligatorio contar con un Delegado de Protección de Datos:
El delegado de protección de datos, o DPO, es un profesional acreditado encargado de que tu organización cumpla internamente con las obligaciones que impone la Ley en materia de protección de datos personales.
¿Qué funciones tiene nuestro delegado de protección de datos?
- Asegurarse de que cumplas con la normativa de protección de datos.
- Informar y asesorar sobre el tratamiento de los datos personales al encargado o responsable de tu organización.
- Intervenir en caso de reclamaciones.
- Actuar como interlocutor con tus clientes, proveedores y empleados en esta materia.
- Supervisar el cumplimiento normativo aplicable en protección de datos.
- Cooperar y actuar junto a la autoridad de control.
¿Quién está obligado a tener un delegado de protección de datos?
El Reglamento Europeo de Protección de Datos (art.37) exige la designación de un Delegado de Protección de datos en los siguientes supuestos:
- Administraciones Públicas (autoridades y organismos) excepto los tribunales que actúen en ejercicio de su función judicial.
- Empresas u otras entidades cuya actividad consista en el tratamiento masivo de datos personales que requieran de una observación habitual y sistemática a gran escala.
- Empresas u otras entidades cuya actividad principal consista en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos (artículo 9) y de datos relativos a condenas e infracciones penales (artículo 10).
¿Necesitas cumplir con la normativa vigente? ¿Necesitas un Delegado de Protección de Datos?
Más información Solicitar presupuesto gratuitoDatconNorte delegado de protección de datos de más de 60 organizaciones
¿Qué beneficios obtienes?
- Minimizas los riesgos jurídicos.
- Solucionas brechas de seguridad.
- Fortaleces tu imagen de marca.
- Generas confianza en tus clientes.